Inscripción de nombramientos y ceses de administradores en el Registro Mercantil


La inscripción de los nombramientos y ceses de administradores en el Registro Mercantil es un trámite esencial para garantizar la transparencia, legalidad y publicidad de la estructura de gobierno de una sociedad.

A través de este procedimiento, se hacen públicos los cambios en los órganos de administración, lo que permite a terceros conocer quiénes ostentan la representación legal de la empresa.


Tipos de administradores

Según los estatutos de la sociedad, la administración puede adoptar diversas formas:

  • Administrador único.

  • Varios administradores solidarios.

  • Administradores mancomunados.

  • Consejo de administración.

Cualquiera que sea la modalidad elegida, los datos relativos a los administradores deben constar inscritos en el Registro Mercantil.


Nombramiento de administradores

El nombramiento puede realizarse:

  • En la escritura de constitución (para los primeros administradores).

  • Posteriormente, mediante acuerdo de la Junta General de socios o accionistas, o del Consejo de Administración, según lo determinen los estatutos.

Documentación necesaria para la inscripción:

  1. Certificación del acuerdo social, expedida por el órgano competente (normalmente el secretario del consejo o el administrador saliente, con el visto bueno del presidente).

  2. Escritura pública del nombramiento, otorgada ante notario.

  3. Aceptación expresa del cargo por parte del administrador designado, que puede constar en la misma escritura o en documento separado con firma legitimada.

  4. Declaración de no incurrir en causas de incompatibilidad o prohibición, según la Ley de Sociedades de Capital.

Una vez presentada la documentación, el Registro Mercantil inscribe el nombramiento, indicando la identidad del administrador, su cargo, fecha de nombramiento y plazo de duración (si procede).


Cese o dimisión de administradores

El cese puede producirse por diversas causas:

  • Expiración del mandato o plazo estatutario.

  • Acuerdo de la Junta General.

  • Dimisión voluntaria.

  • Fallecimiento o incapacidad.

  • Revocación del nombramiento.

Documentación para la inscripción del cese:

  • Certificación del acuerdo de cese o documento que acredite la dimisión (por ejemplo, carta firmada por el administrador con firma legitimada).

  • Escritura pública otorgada ante notario que recoja el hecho del cese.

El registrador procederá a inscribir el cese y a cancelar la inscripción anterior del administrador cesado. Desde ese momento, el cese produce efectos frente a terceros, garantizando que no se atribuya indebidamente la representación a quien ya no la ostenta.


Efectos de la inscripción

La inscripción en el Registro Mercantil tiene efectos constitutivos de publicidad:

  • Permite acreditar oficialmente quiénes son los administradores vigentes y sus facultades.

  • Protege a terceros de buena fe que confíen en la información registral.

  • Facilita la responsabilidad legal de los administradores en el ejercicio de sus funciones.

Hasta que el nombramiento o cese no se inscriba, no podrá oponerse válidamente frente a terceros (art. 21 del Código de Comercio).


Plazos y obligaciones adicionales

  • El acuerdo de nombramiento o cese debe elevarse a escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil dentro de los 10 días siguientes a su adopción (art. 215 LSC).

  • Los administradores inscritos deben constar igualmente en los libros sociales de la empresa y en los registros fiscales pertinentes.


Importancia práctica

La correcta inscripción de nombramientos y ceses evita conflictos de representación, impide la validez de actos celebrados por personas sin poder, y garantiza la seguridad jurídica en las relaciones mercantiles. Además, es un requisito indispensable para realizar trámites ante organismos públicos, entidades financieras o notarios.

En resumen, la inscripción de los nombramientos y ceses de administradores en el Registro Mercantil es un acto formal de gran relevancia que asegura la validez y publicidad de la estructura de administración de la sociedad. Constituye una garantía tanto para los socios como para terceros, y refuerza la transparencia y legalidad en la gestión empresarial.


Coste de la inscripción en el Registro Mercantil

El coste de la inscripción en el Registro Mercantil es de 550€ + IVA.


Solicitud de inscripción en el Registro

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario:


Datos de la empresa sobre la que se solicita la inscripción

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante de la inscripción

    Pago seguro

    Pago seguro(Obligatorio)