Constitución e inscripción de sociedad en el Registro Mercantil


La constitución e inscripción de una sociedad en el Registro Mercantil es el proceso legal mediante el cual una empresa adquiere personalidad jurídica propia y puede comenzar a operar legalmente.

La constitución e inscripción de una sociedad garantiza la validez legal, transparencia y seguridad jurídica tanto para los socios como para terceros. Es un paso fundamental en la formalización de cualquier actividad empresarial, y su correcta ejecución asegura el cumplimiento de la normativa mercantil vigente.


Acuerdo de constitución

El proceso comienza con la voluntad de dos o más personas (en sociedades pluripersonales) o una sola (en las unipersonales) de crear una sociedad. Este acuerdo debe formalizarse mediante un contrato de sociedad, en el cual los socios establecen las condiciones esenciales: tipo social, aportaciones, distribución de participaciones o acciones, objeto social, administración y régimen de funcionamiento.


Elección del tipo de sociedad

El primer paso es definir la forma jurídica de la empresa, por ejemplo:

  • Sociedad Anónima (S.A.)

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L. o S.L.)

  • Sociedad Colectiva

  • Sociedad en Comandita

  • Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), donde esté permitida

Cada tipo tiene diferentes requisitos de capital, responsabilidad de los socios y órganos de administración.


Redacción de la escritura pública de constitución

Una vez acordado el tipo de sociedad, se debe otorgar escritura pública de constitución ante notario. Este documento debe contener:

  • Identificación de los socios fundadores.

  • Denominación social y domicilio.

  • Objeto social (actividad o actividades que realizará la empresa).

  • Capital social, forma y valor de las aportaciones.

  • Estructura de administración y representación.

  • Estatutos sociales, que rigen el funcionamiento interno.

El notario verifica que el contenido cumpla con la normativa mercantil y fiscal vigente.


Aportaciones de los socios

Los socios deben realizar las aportaciones de capital comprometidas (dinero, bienes o derechos). En el caso de aportes dinerarios, suele exigirse depósito en cuenta bancaria a nombre de la futura sociedad.


Trámites previos a la inscripción

Antes de inscribir la sociedad en el Registro Mercantil, se deben realizar algunos pasos adicionales:

  • Obtención del NIF provisional ante la Agencia Tributaria.

  • Depósito del capital social en una entidad bancaria, en caso de que sea necesario (especialmente para sociedades anónimas y limitadas).

  • Certificación negativa del nombre en el Registro Mercantil Central, que acredita que la denominación elegida no está en uso.


Inscripción en el Registro Mercantil

Una vez otorgada la escritura pública, debe inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social.

Documentos requeridos

Generalmente se presentan:

  • Copia autorizada de la escritura pública de constitución

  • Identificaciones fiscales de los socios y administradores

  • Certificación bancaria de los aportes (si aplica)

  • Pago de los aranceles registrales

  • Formulario de inscripción (varía según el país)

Efectos de la inscripción

  • La sociedad adquiere personalidad jurídica propia, distinta de la de los socios.

  • Puede operar legalmente, contratar, abrir cuentas bancarias, etc.

  • Su información (administradores, capital, estatutos) queda pública y accesible.

Publicación oficial

Tras la inscripción, se debe publicar un aviso en un diario oficial o boletín mercantil, anunciando la constitución.


Trámites posteriores

Una vez inscrita, la sociedad debe:

  • Obtener su NIF/RUT/RFC (según el país)

  • Inscribirse en autoridades fiscales y laborales

  • Registrar libros contables y societarios

  • Inscribirse en la Seguridad Social (si tendrá empleados)


Ejemplo resumido

  1. Certificación negativa del nombre en el Registro Mercantil Central

  2. Apertura de cuenta bancaria y depósito del capital

  3. Otorgamiento de la escritura pública ante notario

  4. Solicitud del NIF provisional

  5. Inscripción en el Registro Mercantil provincial

  6. Obtención del NIF definitivo y alta censal en la Agencia Tributaria


Coste de la inscripción en el Registro Mercantil

El coste de la inscripción en el Registro Mercantil es de 550€ + IVA.


Solicitud de inscripción en el Registro

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario:


Datos de la empresa sobre la que se solicita la inscripción

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante de la inscripción

    Pago seguro

    Pago seguro(Obligatorio)